La intervención de los lobbies en el diseño y ejecución de las políticas públicas es algo inexorable, pues es impensable que exista un proceso de toma de decisiones en el que no intervengan en mayor o menor medida. La relevancia de este fenómeno ha hecho que en nuestro entorno —especialmente a partir de la emergencia de los recientes estándares de transparencia y probidad en la esfera pública—, la regulación de los lobbies haya dejado de ser vista como algo ajeno, propio de los modelos de tradición anglosajona, de modo que actualmente se entiende como una pieza inseparable en los objetivos de transparencia y de buen gobierno. Y es que, a pesar de las diferencias que existen entre las distintas regulaciones, todas las normas que abordan este fenómeno tienen por objeto, tanto favorecer el conocimiento sobre los términos en los que puede desarrollarse legítimamente la actividad de influencia, como establecer límites o reglas claras a respetar en el ejercicio de esta actividad, para garantizar la seguridad jurídica y evitar la corrupción o los conflictos de interés.
El presente trabajo analiza la regulación actualmente existente en España —especialmente en la esfera autonómica e incluso la local—, así como las sucesivas tentativas de implantar una regulación en la esfera estatal, mediante una exposición exhaustiva de los antecedentes de dicha regulación, sus previsiones y la praxis desarrollada a partir de su adopción. Por lo que al ámbito europeo se refiere, los autores toman en consideración el marco existente en algunos Estados, así como en el ámbito interinstitucional de la UE. El examen de todos estos supuestos lleva aparejadas amplias referencias a la jurisprudencia constitucional, ordinaria, europea, e incluso a la doctrina consultiva de referencia.
Para concluir, esta obra plantea los principales y más inmediatos retos en el ámbito de estudio, a partir de las consideraciones anteriores, subrayando aquellos aspectos que, a parecer de los autores, requieren una profunda revisión: esencialmente, una mejor delimitación del ámbito subjetivo y objetivo de los registros de grupos de interés, la garantía del seguimiento de la huella normativa y el tratamiento de las contribuciones económicas de los lobbies.